Aguilar Vargas

Abogados y Asesores de Seguros

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Pólizas

Nuestras Pólizas

Póliza de Equipo Pesado:

El objeto de este seguro es cubrir contra daños propios/físicos/materiales, a todo equipo rodante que no utilice placa de circulación vehicular, debido a su uso, así como cualquier equipo móvil; “siempre y cuando sean utilizados en tierra firme”.

Un seguro enfocado a la protección integral de las máquinas y equipos propios de los contratistas encargados de procesos de construcción y montaje.

Póliza de Avión:

Las pólizas de aviación tienen como objetivo principal amparar las aeronaves propiedad de nuestros asegurados por pérdidas o daños materiales que puedan sufrir durante la vigencia de la póliza, bien estando en tierra, durante el taxeo o en vuelo.

En adición a la cobertura principal para el “casco”, a opción del Asegurado se pueden ofrecer las coberturas de “responsabilidad civil”, las cuáles pueden incluir coberturas de lesiones corporales, daños a la propiedad ajena y gastos médicos.

Seguro de Incendio:

La póliza de incendio cubre la construcción de la casa o el apartamento, sin límite de monto asegurado. La póliza se puede utilizar como garantía de hipoteca, ante las entidades bancarias panameñas.

Esta póliza también le brinda protección en caso de terremoto, vendavales, remoción de escombros, daños por humo, explosión, impacto de vehículos aéreos o terrestres, caída de árboles, inundaciones y daños causados por el agua.

Póliza de Equipo Electrónico:

Este seguro está diseñado para ofrecer al asegurado protección contra cualquier daño material, súbito e imprevisto, que sufra su equipo electrónico de procesamiento de datos. Se cubren mientras estén operando, parados, en mantenimiento, revisión o limpieza. Bajo este tipo de seguro se pueden cubrir: desde ordenadores personales, computadoras de mediana y alta capacidad, fotocopiadoras, centrales telefónicas hasta equipo médico especializado.

Póliza de Robo:

Este seguro ampara la pérdida de la posesión de los bienes del Asegurado como consecuencia de Robo. La Compañía se compromete a indemnizar al asegurado por los daños sufridos por la desaparición, destrucción o deterioro de los objetos asegurados a causa de un robo en donde con fuerza o violencia se dejen señales visibles de la ocurrencia del evento.

Póliza de Fidelidad:

Este seguro cubre la pérdida de dinero, valores, y otros bienes propiedad del Asegurado sobre los cuales tuviere algún interés pecuniario o de los cuales fuere legalmente responsable, que resulte como consecuencia de actos fraudulentos o deshonestos cometidos por las personas al servicio del Asegurado en el desempeño de sus cargos, ya sea que tales actos los cometiere personalmente el empleado del Asegurado. Para presentar un reclamo bajo esta póliza, debe comprobarse la culpa o indicios claros del imputado.

Póliza de Responsabilidad Civil:

El seguro de responsabilidad civil otorga protección al asegurado sobre su patrimonio si un tercero le exigiere indemnización por daños y perjuicios a consecuencia de un acontecimiento que, produciéndose durante la vigencia del seguro, ocasione la muerte, lesión o menoscabo de la salud de la persona (daños personales) o el deterioro o destrucción de sus bienes (daños materiales).

Póliza de Rotura de Maquinaria:

Este seguro ha sido diseñado para cubrir los daños internos causados a la maquinaria industrial durante su operación productiva, estando o no en funcionamiento o que hayan sido desmontados para revisión, limpieza, reparación o traslado a otro lugar. Ofrece a la industria un amparo eficiente para proteger sus valiosas máquinas e instalaciones contra peligros que en forma súbita, imprevisible y accidental puedan afectar el desarrollo normal de estas.

Se incluyen dentro de este seguro:

Maquinas eléctricas, equipos mecánicos, compresores, bombas, calderas, ascensores y maquinaria industrial en general.

Póliza todo riesgo construccion (T.C.R.) / contractors all risk (C.A.R.)

  1. Es un seguro de daños materiales.
  2. Protege las obras civiles durante el periodo de construcción.
  3. Su protección se limita al sitio de la construcción.
  4. Solo indemnizará al Asegurado por pérdidas ocurridas durante la construcción.
  5. Estas pérdidas deben presentarse en forma súbita, imprevista y accidental y serán indemnizables siempre y cuando:
  6. La pérdida ocurra dentro de la vigencia de la póliza y en el sitio de la construcción.
  7. El Asegurado haya cubierto previamente la prima correspondiente a la cobertura afectada.
  8. La causa del daño no esté contemplada en ninguna de las exclusiones de la póliza.

Pueden ser asegurados

  • El dueño de la obra o inversionista
  • El contratista principal
  • Los subcontratistas
  • La entidad financiera

El campo de aplicación del seguro CAR

El seguro CAR abarca en forma completa, todas las construcciones propias de las ramas de la Arquitectura y la Ingeniería, tales como:

  1. Construcciones urbanas de toda clase.
  2. Construcciones Industriales.
  3. Caminos y vías férreas.
  4. Aeropuertos.
  5. Obras hidráulicas.
  6. Puentes.
  7. Construcciones subterráneas.

Coberturas del CAR

Cobertura Básica “A”

  • Incendio, rayo, explosión, caída de aviones o parte de ellos, robo con violencia y destrucción de la propiedad asegurada como consecuencia o intento de robo.
  • Trabajos defectuosos por impericia, negligencia, actos malintencionados y falla humana.

Coberturas Adicionales

Cobertura “B”

  • Temblor
  • Erupción Volcánica
  • Maremoto

Cobertura “C”

  • Inundación
  • Ciclón
  • Huracán
  • Derrumbe

Cobertura “D”

  • Daños causados por mantenimiento durante el periodo de garantía previsto en el contrato de construcción.

Cobertura “E” Y “F”

  • Responsabilidad Civil Extracontractual
    **  Lesiones Corporales
    **  Daños a la Propiedad Ajena

Cobertura “G”

  • Remoción de Escombros

Coberturas Especiales

  • Huelga, motín, conmoción civil.
  • Responsabilidad Civil Cruzada
  • Mantenimiento Ampliado
  • Trabajos por horas extra.
  • Estructuras adyacentes y/o propiedad adyacente.

Documento básico necesario:

  • Pacto Social o Certificación del Registro Público.
  • Copia del contrato o documento del cual nace la obligación a afianzar.
  • Estados Financieros o Declaración de Renta.
  • Referencias Comerciales y Bancarias.
  • Curriculum Vitae de la Compañía o Persona Natural
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