Aguilar Vargas

Abogados y Asesores de Seguros

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Sociedades Anónimas

Sociedades Anónimas

La Ley 32 de 1927, sobre sociedades anónimas de la República de Panamá se aplica por igual a las sociedades anónimas que realizan negocios dentro de la República de Panamá.

Las sociedades anónimas pueden usarse como:

  • Titulares de cuentas bancarias, fideicomisos, plazo fijos, fondos mutuos y cualquier valor comercial o financiero.
  • Tenedores de acciones de otras compañías o sociedades.
  • Inmobiliarias de apartamentos, casas, edificios y otras propiedades.
  • Administradoras y promotoras de transacciones comerciales internacionales.
  • Arrendadora de vehículos, equipos y otros.
  • Concesionarias o receptoras de fondos para préstamos, comisiones u otros.
  • Agentes de mercadeo y promoción de productos y servicios.
  • Agentes de todos tipos de actividades lícitas de naturaleza comercial, financiera, etc.

Ventajas de las sociedades anónimas:

  • Procedimientos rápidos de incorporación sujetos a las formalidades de la Ley.
  • No requieren capital pagado.
  • Costos bajos de incorporación.
  • Emisión de acciones en dólar o cualquier otra divisa.
  • Posibilidad de dar acciones en prensa, fideicomisos y otro gravamen.
  • No requieren que los directores y dignatarios sean accionistas.
  • Permiten que los directores, dignatarios y/o accionistas sean personas u otras sociedades.
  • Directores y/o accionistas pueden llevar a cabo sus reuniones en cualquier país, incluso a través de apoderados, por vía telefónica y otras formas de telecomunicación.

Sociedades Mercantiles de Seguros

En nuestro país se encuentran establecidas compañías  de seguros en el ámbito nacional e internacional, nuestra firma cuenta con abogados que se dedican a consultoría y asesoría de empresas de seguros, en todo lo que guarda relación con la organización, funcionamiento y relaciones con las autoridades que regulan estas entidades.

El ente de los seguros se encuentra regulado por la Ley 12 de 3 de abril de 2012.

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